Protección de datosProtección de datos

Información sobre protección de datos de carácter personal, en cumplimiento del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 («RGPD») y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales («LOPDGDD») sobre el servicio de recogida de residuos puerta a puerta y por actividad de tratamiento:
[Última actualización: 15/11/2024]
Prestación y gestión del servicio de recogida de residuos puerta a puerta mediante identificación de la persona usuaria

En relación a todas las viviendas situadas dentro del marco geográfico del servicio de recogida de residuos puerta a puerta de Mahón y Es Castell:

  • Consorcio de Residuos y Energía de Menorca con domicilio en la Plaza Biosfera, 5, 07703, Mahón, Islas Baleares con teléfono 971. 35. 41. 72

 

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Es Castell:

  • Ayuntamiento de Es Castell con domicilio en Plaza de s’Esplanada, 5, 07720, Es Castell con número de teléfono 971. 36. 51. 93

 

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Mahón:

  • Ayuntamiento de Mahón con domicilio en Plaza de la Constitución, 1, 07701, Mahón con número de teléfono 971. 36. 98.00
  • Procedimiento de alta y baja del servicio de recogida de residuos.
  • Rectificación y actualización de los datos necesarios por el servicio.
  • Entrega y recogida de elementos necesarios (cubo y/o tarjeta identificativa de acceso a las áreas de aportación cerradas) para la recogida de los residuos.
  • Comunicación y gestión de incidencias relacionadas con la recogida de residuos.
  • Actuaciones de sensibilización y educación ambiental.
  • Elaboración de estadísticas, a fin de comprobar el cumplimiento de los objetivos de reciclaje fijados en las normativas europeas, estatales y autonómicas.
  • Artículo 6.1 e) del RGPD el “cumplimiento de una misión en interés público y ejercicio de poderes públicos».
  • Artículos 25.2 b), 26.1 a) y 86 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora del Régimen Base Local.
  • Artículos 12.5, 25.2 y 26 La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular.
  • El artículo 29 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares.

Los datos personales no se comunicarán salvo que sean solicitados por las fuerzas y cuerpos de seguridad, organismos judiciales o por obligación legal. 

El acceso a los datos personales por parte de las empresas contratadas por el Consorcio de Residuos y Energía de Menorca para realizar el servicio no se considera una comunicación de datos y se regula mediante el correspondiente contrato de encargado del tratamiento.
  • Datos identificativos: Nombre, apellidos, DNI/NIE, dirección de la vivienda, teléfono y correo electrónico.
  • Datos profesionales, salud y residencia: Únicamente se realiza la visualización de las mismas a efectos de justificar la entrega de tarjetas identificativas de acceso a las áreas de aportación cerrada (artículo 9.2 apartado g) del RGPD).
  • Datos relacionados con los residuos: Registro de entrada a las áreas de aportación cerradas, incidencias gestionadas por los operarios del servicio (fracción no separada correctamente, fracción día equivocado u otros), localización, día y hora de recogida de los cubos en la vía pública.

A los efectos del artículo 26 del RGPD, puede ejercer sus derechos indistintamente (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad) ante el Consorcio de Residuos y Energía de Menorca o en los Ayuntamientos de Es Castell o Mahón, en función del municipio donde esté ubicada la vivienda:

  • Telemáticamente a través de la Carpeta ciudadana de las entidades mediante certificado electrónico.
  • Presencialmente mediante Registro de entrada en la Oficina de Atención al Ciudadano o bien por los medios que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y será necesario acreditar su identidad de la persona interesada.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
 
  • Durante el tiempo necesario para cumplir con los fines para los que se recogieron.
  • Cuando las personas usuarias se den de baja del servicio el Consorcio y/o los Ayuntamientos mantendrán los datos personales bloqueados para atender posibles responsabilidades administrativas y/o jurisdiccionales, durante el plazo máximo estipulado en la normativa vigente CUATRO (4) AÑOS. Pasado este plazo legal máximo para recibir requerimientos administrativos y/o judiciales, la Administración eliminará definitivamente estos datos personales.
  • Los datos personales se conservarán de forma indefinida y agregada para fines de archivo en interés público, de investigación científica o histórica o estadística. Esta información permitirá conocer la evolución histórica del servicio y permitirá realizar, entre otros análisis sectoriales por barrios, permitiendo implementar medidas concretas en función de las necesidades específicas de la realidad del municipio.
Elaboración de perfiles de las personas usuarias para conocer sus hábitos de comportamiento en cuanto a la gestión de residuos y poder gestionar las incidencias vinculadas al servicio y realizar actuaciones de educación ambiental, de conformidad con el artículo 29.10 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares el artículo 25.2 del Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, con el objetivo final de incrementar los porcentajes de recogida selectiva, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales, y dar cumplimiento a las normativas vigentes en la materia. Se elaborarán perfiles en base al comportamiento de los usuarios de acuerdo con lo previsto en la ordenanza municipal. Tiene derecho a oponerse a la elaboración de perfiles que produzcan efectos jurídicos sobre su persona o que le afecten significativamente.
Prestación y gestión del servicio de recogida de residuos voluminosos y/o restos vegetales

En relación a todas las viviendas situadas dentro del marco geográfico del servicio de recogida de residuos puerta a puerta de Mahón y Es Castell:

  • Consorcio de Residuos y Energía de Menorca con domicilio en la Plaza Biosfera, 5, 07703, Mahón, Islas Baleares con teléfono 971. 35. 41. 72

 

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Es Castell:

  • Ayuntamiento de Es Castell con domicilio en Plaza de s’Esplanada, 5, 07720, Es Castell con número de teléfono 971. 36. 51. 93

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Mahón:

  • Ayuntamiento de Mahón con domicilio en Plaza de la Constitución, 1, 07701, Mahón con número de teléfono 971. 36. 98.00
  • Procedimiento de alta del servicio de recogida de residuos voluminosos y restos vegetales.
  • Rectificación y actualización de los datos necesarios por el servicio.
  • Comunicación y gestión de incidencias relacionadas con la recogida de residuos voluminosos y restos vegetales.
  • Actuaciones de sensibilización y educación ambiental.
  • Elaboración de estadísticas, a fin de comprobar el cumplimiento de los objetivos de reciclaje fijados en las normativas europeas, estatales y autonómicas.
  • Artículo 6.1 e) del RGPD el “cumplimiento de una misión en interés público y ejercicio de poderes públicos».
  • Artículos 25.2 b), 26.1 a) y 86 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora del Régimen Base Local.
  • Artículos 2 apartados g) y av) 1º, 12.5 y 25.2 apartado f) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por un economía circular.

Los datos personales no se comunicarán salvo que sean solicitados por las fuerzas y cuerpos de seguridad, organismos judiciales o por obligación legal. 

El acceso a los datos personales por parte de las empresas contratadas por el Consorcio de Residuos y Energía de Menorca para realizar el servicio no se considera una comunicación de datos y se regula mediante el correspondiente contrato de encargado del tratamiento.
  • Datos identificativos: Nombre, apellidos, dirección, teléfono y correo electrónico
  • Datos relacionados con los residuos: tipos de residuos y cantidad.

A los efectos del artículo 26 del RGPD, puede ejercer sus derechos indistintamente (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad) ante el Consorcio de Residuos y Energía de Menorca o en los Ayuntamientos de Es Castell o Mahón en función del municipio donde esté ubicada la vivienda:

  • Telemáticamente a través de Carpeta ciudadana de las entidades mediante certificado electrónico.
  • Presencialmente mediante Registro de entrada en la Oficina de Atención al Ciudadano o bien por los medios que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y será necesario acreditar la identidad de la persona interesada.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
 
  • Durante el tiempo necesario para cumplir con los fines para los que se recogieron.
  • Cuando las personas usuarias se den de baja del servicio el Consorcio y/o los Ayuntamientos mantendrán los datos personales bloqueados para atender posibles responsabilidades administrativas y/o jurisdiccionales, durante el plazo máximo estipulado en la normativa vigente CUATRO (4) AÑOS. Pasado este plazo legal máximo para recibir requerimientos administrativos y/o judiciales, la Administración eliminará definitivamente estos datos personales.
  • Los datos personales se conservarán de forma indefinida y agregada para fines de archivo en interés público, de investigación científica o histórica o estadística. Esta información permitirá conocer la evolución histórica del servicio y permitirá realizar, entre otros análisis sectoriales por barrios, permitiendo implementar medidas concretas en función de las necesidades específicas de la realidad del municipio.
Elaboración de perfiles de las personas usuarias para conocer sus hábitos de comportamiento en cuanto a la gestión de residuos y poder gestionar las incidencias vinculadas al servicio y realizar actuaciones de educación ambiental, de conformidad con el artículo 29.10 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares el artículo 25.2 del Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, con el objetivo final de incrementar los porcentajes de recogida selectiva, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales, y dar cumplimiento a las normativas vigentes en la materia. Se elaborarán perfiles en base al comportamiento de los usuarios de acuerdo con lo previsto en la ordenanza municipal. Tiene derecho a oponerse a la elaboración de perfiles que produzcan efectos jurídicos sobre su persona o que le afecten significativamente.
Establecimiento e implantación de una tasa de recogida de tratamiento de residuos

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Es Castell:

  • Ayuntamiento de Es Castell con domicilio en Plaza de s’Esplanada, 5, 07720, Es Castell con número de teléfono 971.36.51.93

 

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Mahón:

  • Ayuntamiento de Mahón con domicilio en Plaza de la Constitució, 1, 07701, Mahón con número de teléfono 971.36.98.00
  • Establecimiento e implantación de la tasa de recogida de tratamiento de residuos.
  • Tramitación, gestión y seguimiento de las reducciones/bonificaciones aplicables sobre la tasa de residuos.
  • Tratamiento de los datos personales de las personas físicas que actúan como empresarios individuales o de las personas de contacto de las personas jurídicas solicitantes de la bonificación/reducción de la tasa.

Establecimiento e implantación de la tasa de recogida de tratamiento de residuos

  • Artículo 6.1 e) del RGPD el “cumplimiento de una misión en interés público y ejercicio de poderes públicos».
  • El artículo 20.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.
  • El artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y suelos contaminados por una economía circular.
  • El artículo 9 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares.
  • Ordenanzas fiscales municipales.

 

Domiciliación bancaria:

  • Artículo 6.1.a) del RGPD «consentimiento».

 

Tramitación, gestión y seguimiento de las reducciones/bonificaciones aplicables sobre la tasa de residuos:

  • Artículo 6.1.a) del RGPD «consentimiento».
  • Artículo 6.1.e) del RGPD (artículo 11.4 del Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y suelos contaminados por una economía circular i 3.b) de la Ley de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares).

 

Tratamiento de los datos personales de las personas físicas que actúan como empresarios individuales o de las personas de contacto de las personas jurídicas solicitantes de la bonificación/reducción de la tasa:

  • Artículos 19.3 de la LOPDGDD y 6.1.e) del RGPD.

Los datos personales no se comunicarán salvo que sean solicitados por las fuerzas y cuerpos de seguridad, organismos judiciales o por obligación legal.

  • Datos identificativos de la persona obligada tributaria.
  • Datos relacionados con los residuos.
  • Datos bancarios.

Puede ejercer sus derechos (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, y en su caso, retirar el consentimiento) ante los Ayuntamientos de Es Castell o Mahón en función del municipio donde esté ubicada la vivienda:

  • Telemáticamente a través de la Carpeta ciudadana de las entidades mediante certificado electrónico.
  • Presencialmente mediante Registro de entrada en la Oficina de Atención al Ciudadano o bien por los medios que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y será necesario acreditar su identidad de la persona interesada.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
 
  • Durante el tiempo necesario para cumplir con los fines para los que se recogieron y, en su caso, mientras no se retire el consentimiento prestado.
  • Los Ayuntamientos mantendrán los datos personales bloqueados para atender posibles responsabilidades administrativas y/o jurisdiccionales, durante el plazo máximo estipulado en la normativa vigente CUATRO (4) AÑOS. Pasado este plazo legal máximo para recibir requerimientos administrativos y/o judiciales, la Administración eliminará definitivamente estos datos personales.
  • Los datos personales se conservarán de forma indefinida y agregada para fines de archivo en interés público, de investigación científica o histórica o estadística. Esta información permitirá conocer la evolución histórica del servicio y permitirá realizar, entre otros análisis sectoriales por barrios, permitiendo implementar medidas concretas en función de las necesidades específicas de la realidad del municipio.

Elaboración de perfiles de las personas usuarias para conocer sus hábitos de comportamiento en cuanto a la gestión de residuos y poder establecer la correspondiente tasa de residuos, con el objetivo final de incrementar los porcentajes de recogida selectiva, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales, y dar cumplimiento a las normativas vigentes en la materia, de acuerdo con las siguientes disposiciones normativas:

  • El artículo 20.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.
  • El artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y suelos contaminados por una economía circular.
  • Ordenanzas fiscales municipales.

 

Elaboración de perfiles de las personas usuarias para conocer sus hábitos de comportamiento en cuanto a la gestión de residuos y poder aplicar la correspondiente bonificación/reducción de la tasa:

  • Consentimiento de la persona interesada (artículo 22.2 a) del RGPD).

 

La elaboración de perfiles en base al comportamiento de las personas usuarias servirá para configurar el importe de la tasa de tratamiento de residuos y aplicar las correspondientes bonificaciones/reducciones, de acuerdo con lo previsto en la ordenanza fiscal.

Tiene derecho a oponerse a la elaboración de perfiles que produzcan efectos jurídicos sobre su persona o que le afecten significativamente.

Ejercicio de la potestad de vigilancia e inspección y potestad sancionadora en materia de gestión de residuos por parte de las administraciones públicas

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Es Castell:

  • Ayuntamiento de Es Castell con domicilio en Plaza de s’Esplanada, 5, 07720, Es Castell con número de teléfono 971.36.51.93

En relación a las viviendas situadas dentro del municipio de Mahón:

  • Ayuntamiento de Mahón con domicilio en Plaza de la Constitució, 1, 07701, Mahón con número de teléfono 971.36.98.00
  • Ejercicio de la potestad de vigilancia e inspección en materia de gestión de residuos.
  • Ejercicio de la potestad Sancionadora en materia de gestión de residuos.
  • Artículo 6.1 e) del RGPD el “cumplimiento de una misión en interés público y ejercicio de poderes públicos».
  • Artículo 111 apartados 1 y 3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y suelos contaminados por una economía circular.

Los datos personales no se comunicarán salvo que sean solicitados por las fuerzas y cuerpos de seguridad, organismos judiciales o por obligación legal.

  • Datos identificativos.
  • Datos relacionados con los residuos.

Puede ejercer sus derechos (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, y en su caso, retirar el consentimiento) ante los Ayuntamientos de Es Castell o Mahón en función del municipio donde esté ubicada la vivienda:

  • Telemáticamente a través de la Carpeta ciudadana de las entidades mediante certificado electrónico.
  • Presencialmente mediante Registro de entrada en la Oficina de Atención al Ciudadano o bien por los medios que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y será necesario acreditar su identidad de la persona interesada.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
 
  • Durante el tiempo necesario para cumplir con los fines para los que se recogieron.
  • Los Ayuntamientos mantendrán los datos personales bloqueados para atender posibles responsabilidades administrativas y/o jurisdiccionales, durante el plazo máximo estipulado en la normativa vigente CUATRO (4) AÑOS. Pasado este plazo legal máximo para recibir requerimientos administrativos y/o judiciales, la Administración eliminará definitivamente estos datos personales.
  • Los datos personales se conservarán de forma indefinida y agregada para fines de archivo en interés público, de investigación científica o histórica o estadística. Esta información permitirá conocer la evolución histórica del servicio y permitirá realizar, entre otros análisis sectoriales por barrios, permitiendo implementar medidas concretas en función de las necesidades específicas de la realidad del municipio.
Elaboración de perfiles de los usuarios para conocer sus hábitos de comportamiento en cuanto a la gestión de residuos y poder ejercer la potestad de vigilancia e inspección y potestad sancionadora en materia de gestión de residuos, de conformidad con el artículo 111 apartados 1 y 3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y suelos contaminados para una economía circular, con el objetivo final de incrementar los porcentajes de recogida selectiva, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales, y dar cumplimiento a las normativas vigentes en la materia. Se elaborarán perfiles en base al comportamiento de los usuarios de acuerdo con lo previsto en la ordenanza municipal. Tiene derecho a oponerse a la elaboración de perfiles que produzcan efectos jurídicos sobre su persona o que le afecten significativamente.